Código de los estados UNIDOS § cuatro - el Fracaso de arbitraje en virtud del acuerdo, a petición de los Estados unidos tribunal que tenga jurisdicción para el fin de imponer el arbitraje, la notificación y el servicio de los mismos, la audición y la determinación - Código de los estados UNIDOS - Ley de estados unidos - LII Legal Information Institute

Una parte que se considere agraviada por la presunta falta, negligencia o negativa de la otra a arbitraje conforme a un acuerdo escrito de arbitraje podrá solicitar a cualquier de los Estados Unidos tribunal de distrito de que, salvo que dicho acuerdo, tendría jurisdicción en virtud del título, en una acción civil o en el ministerio de marina de la materia de una demanda que surja de la controversia entre las partes, para un fin de dirigir ese arbitraje procederá en la forma prevista en dicho acuerdo. Servicio de los mismos será realizada en la forma prevista por las Reglas Federales de Procedimiento CivilEl tribunal deberá oír a las partes, y después de haberse cerciorado de que las decisiones del acuerdo de arbitraje o el incumplimiento de los mismos no está en cuestión, el tribunal emitirá una orden de dirigir a las partes a que procedan a arbitraje de conformidad con los términos del acuerdo. La audiencia y el procedimiento, en virtud de tal acuerdo, deberá estar dentro del distrito en el que la petición de una orden de dirigir el arbitraje se presenta. Si la realización del acuerdo de arbitraje o el fracaso, el abandono, o la negativa a realizar el mismo ser en cuestión, el tribunal deberá proceder sumariamente para el juicio de los mismos. Si no hay juicio por jurado ser reclamadas por la parte que alegue en su defecto, o si el objeto de la controversia se encuentra dentro de la jurisdicción de almirantazgo, el tribunal deberá conocer y resolver en este asunto.

Cuando la cuestión planteada es, la parte que alega defecto de mayo, excepto en los casos de almirantazgo, en o antes de la venida del día de la notificación de la aplicación, la demanda de un juicio por jurado de este tema, y sobre la demanda, el tribunal emitirá una orden de remitir la cuestión o cuestiones a un jurado, en la forma prevista por las Reglas Federales de Procedimiento Civil, o quizás especialmente llame a un jurado para ese propósito.

Si el jurado encuentra que no hay acuerdo en la redacción de arbitraje, o de que no hay ningún defecto en el procedimiento en virtud del mismo, el procedimiento deberá ser desestimado. Si el jurado encuentra que un acuerdo de arbitraje fue realizado por escrito y que hay un defecto en el procedimiento en virtud del mismo, el tribunal emitirá una orden sumariamente dirigir a las partes para continuar con el arbitraje de conformidad con los términos del mismo. Las Reglas federales de Procedimiento Civil, que se refiere en el texto, se establece en el Apéndice del Título, el poder Judicial y el Procedimiento Judicial.